Calculadora y Tabla de Pensiones Alimenticias SUPA Ecuador 2026

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1. ¿Qué es la pensión alimenticia en Ecuador?

En Ecuador, la pensión alimenticia es un derecho irrenunciable y fundamental de los niños, niñas y adolescentes. Es la obligación económica que tienen los padres (y excepcionalmente otros familiares, como abuelos) de garantizar el bienestar y desarrollo integral de sus hijos, según lo estipulado en el Código de la Niñez y Adolescencia (Art. 26).

El valor de esta pensión no se fija al azar. Se determina mediante el Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA) y la Tabla de Pensiones que publica el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) cada año, basándose en el Salario Básico Unificado (SBU), que para 2026 está establecido en $482.

2. Tabla SUPA 2026 completa (Montos en USD)

La tabla oficial se divide en 6 niveles dependiendo de los ingresos de la persona obligada a pagar. Los porcentajes aumentan según el número de hijos, sus edades y si presentan algún grado de discapacidad.

Nivel Ingreso Mensual (USD) 1 Hijo (0-2 años) 1 Hijo (3 años y +)
Nivel 1 $482.00 a $602.50 28.12% 29.49%
Nivel 2 $602.51 a $1,446.00 34.84% 36.96%
Nivel 3 $1,446.01 a $1,928.00 38.49% 40.83%
Nivel 4 $1,928.01 a $3,133.00 39.71% 42.11%
Nivel 5 $3,133.01 a $4,338.00 41.14% 43.63%
Nivel 6 $4,338.01 en adelante 42.53% 45.12%

Subnicho Discapacidad: La ley contempla recargos adicionales sobre estos porcentajes si el hijo tiene una discapacidad comprobada. Los recargos van según el grado: 30-49%, 50-74%, o 75-100%.

3. Calculadora de Pensión Alimenticia 2026

Ingresa tus datos a continuación para calcular un estimado de la pensión alimenticia base. (Ten en cuenta que el cálculo oficial del juez puede tener variaciones y recargos adicionales si hay discapacidades).

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4. ¿Qué gastos cubre la pensión alimenticia?

Existe el mito generalizado de que la pensión alimenticia sirve únicamente para comprar comida. Sin embargo, el artículo Innumerado 2 del Título V del Código de la Niñez y la Adolescencia de Ecuador establece de forma clara que la prestación de alimentos debe cubrir todos los rubros indispensables para el desarrollo integral del menor:

  • Alimentación nutritiva: Sustento diario básico, balanceado y adecuado para la edad de los hijos.
  • Vivienda y Servicios Básicos: Contribución proporcional para el pago del arriendo, pago de luz, agua, internet y gas del domicilio donde reside habitualmente el menor.
  • Educación: Matrículas, mensualidades de centros educativos (públicos o privados), transporte escolar, útiles, textos y uniformes.
  • Salud integral: Consultas médicas preventivas, tratamientos dentales, medicamentos, terapias y seguros médicos si el menor los requiere.
  • Vestuario y Recreación: Ropa adecuada para el clima, calzado y actividades de esparcimiento familiar.
  • Décimo Tercer y Décimo Cuarto Sueldo: Por ley, los alimentantes bajo relación de dependencia están obligados a pagar una pensión adicional completa en los meses de septiembre (régimen Sierra/Amazonía) y diciembre (régimen Costa/Galápagos) como décimos correspondientes.

5. ¿Cómo se realiza el pago? El Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA)

En Ecuador, ningún acuerdo de pago verbal o entrega de dinero en efectivo directo al progenitor custodio tiene validez legal extintiva de la obligación. Todo cobro de pensión alimenticia debe ser canalizado obligatoriamente a través del **Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA)**, administrado por el Consejo de la Judicatura.

Al dictaminarse la pensión (sea provisional o definitiva), se genera un **código de tarjeta SUPA** asociado al alimentante. Los pagos deben depositarse mensualmente en la cuenta bancaria del Banco del Pacífico o cooperativas aliadas asignada para este fin. El sistema calcula automáticamente los intereses por mora en caso de retrasos y provee a los jueces un historial exacto para verificar el cumplimiento.

6. ¿Qué pasa si el alimentante se atrasa? Sanciones y apremio personal

La falta de pago de pensiones alimenticias está fuertemente penalizada en la legislación ecuatoriana, ya que atenta contra los derechos de supervivencia de un menor. Ante el retraso en el pago de dos o más pensiones acumuladas (consecutivas o no), el alimentado por medio de su representante puede solicitar al juez las siguientes medidas:

  • Apremio Personal (Prisión): Detención provisional de hasta 30 días para el alimentante en su primer incumplimiento. De persistir el impago, se dictará un apremio de hasta 60 días. Esta sanción suspende sus labores diarias pero no extingue la deuda acumulada.
  • Prohibición de Salida del País: Medida cautelar inmediata que impide al deudor cruzar cualquier frontera legal de Ecuador.
  • Registro en la Central de Riesgos: Reporte negativo ante la Superintendencia de Bancos, lo que anula cualquier posibilidad de solicitar créditos, tarjetas o préstamos bancarios.
  • Retención de Fondos y Prohibición de Enajenar Bienes: El juez puede ordenar el congelamiento de cuentas de ahorro y corrientes, así como prohibir la venta de vehículos o inmuebles propiedad del deudor.

La protección al menor inicia desde la concepción. La ley ecuatoriana contempla la **Pensión de Alimentos para Mujer Embarazada**, la cual tiene como fin cubrir los gastos derivados de la gestación. Incluye atención médica prenatal, medicamentos, exámenes clínicos, preparación para el parto y el parto propiamente dicho.

Esta obligación debe ser asumida por el padre presuntivo desde el momento de la concepción y se extiende hasta un año después del nacimiento del infante, momento en el cual se transforma automáticamente en pensión alimenticia regular.

8. Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Hasta qué edad se paga la pensión alimenticia en Ecuador?

La pensión alimenticia se debe pagar obligatoriamente hasta que el hijo cumpla 18 años. Sin embargo, si el hijo o hija se encuentra estudiando en cualquier nivel educativo (colegio, instituto o universidad) y no tiene ingresos propios, la obligación se extiende legalmente hasta los 21 años cumplidos.

¿Se puede rebajar o aumentar la pensión alimenticia?

Sí. La pensión no es fija de por vida. Si el alimentante sufre una reducción justificada de sus ingresos (pérdida de empleo, enfermedad catastrófica o nacimiento de nuevos hijos), puede demandar un Incidentes de Rebaja. Por el contrario, si sus ingresos aumentan o las necesidades del menor crecen, se puede plantear un Incidente de Aumento de Pensión.

¿Qué pasa si gano menos del Salario Básico?

La tabla del MIES asume el Salario Básico Unificado ($482 para 2026) como el ingreso mínimo presuntivo para realizar el cálculo. Si no tienes un empleo formal o ganas menos del básico, la ley ecuatoriana presume que tus ingresos mínimos equivalen al menos a 1 SBU, por lo que el cálculo del Nivel 1 se aplicará de forma estricta.

¿Pueden los abuelos pagar la pensión en lugar del padre?

Sí. En Ecuador existe la figura de obligados subsidiarios. Si el padre principal no puede pagar por ausencia, incapacidad o falta absoluta de recursos, el juez de familia puede ordenar que los abuelos, hermanos mayores de edad o tíos del menor asuman el pago de la pensión alimenticia de manera subsidiaria.

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